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sábado, 14 de diciembre de 2013

SOMOS POBRES DE SOLEMNIDAD

La crisis económica tiene graves impactos en la pobreza y la desigualdad, y se observa, a pesar de los escasos datos, un deterioro de la seguridad alimentaria. La Comunidad de Canarias calcula que 12.000 niños se dieron de baja de los comedores escolares. En Cataluña, según Cruz Roja Española, el 38 por ciento de las familias en situación de vulnerabilidad no se pueden pagar ese servicio. De hecho, el Defensor del pueblo de Cataluña alertaba sobre la cifra de 50.000 niños catalanes con carencias alimentarias en 2011 y 751 niños tratados con síntomas de desnutrición en los seis primeros meses de 2013. En España: las familias afectadas por la crisis y las políticas de austeridad. En nuestro país, uno de cada cuatro españoles está en situación de pobreza y riesgo de exclusión. Los datos del Instituto Nacional de Estadística muestran que un 3 por ciento de los españoles vive con carencias alimentarias (no tienen para poder comer carne ni roja ni blanca), un 3,5 por ciento en el caso de los mayores de 65 años. En 2011, una encuesta realizada por Oxfam indicaba que el 46 por ciento de las familias habían modificado sus hábitos alimentarios a consecuencia de la crisis económica y UNICEF alertaba que un 44,5 por ciento de los niños de 6 a 9 años en España tenían problemas de obesidad o sobrepeso, características que se relacionan con una dieta barata e insana. Han habido un aumento rápido de las ayudas alimentarias a través del Plan Europeo de ayuda a las personas más necesitadas, a través de los Bancos de Alimentos y de las organizaciones sociales. Entre el 2007 y 2013, casi se ha duplicado la asignación económica: de 50,3 millones de euros y menos de 890.000 beneficiarios en 2007 a 85,6 millones de euros destinados a cubrir las necesidades de más de 2 millones de personas en 2013. Las personas necesitadas siguen creciendo, cada día se ven más necesitados, las ayudas que llegan de Europa no dan abasto ante tanto necesitad@s, si no fuera por la solidaridad de los particulares y de algunas empresas del sector privado, se notaria con total claridad el abandono de estas personas por el Gobierno del Estado Español.
Los derechos sociales subrayarían la necesidad de unos recursos y atenciones que nos debemos proporcionar recíprocamente en un determinado contexto y que se consideran especialmente protegibles. Estos derechos vendrían a garantizar la cobertura de esas necesidades especialmente valiosas para los miembros de la colectividad. En el Estado español los Servicios Sociales adolecen de un marco legal general para toda la población residente, a diferencia de los sistemas sanitario y educativo y la Seguridad Social. La prestación de los Servicios Sociales básicos corresponde a las Corporaciones Locales pero las competencias de los mismos son de las Comunidades Autónomas. El Plan Concertado de Prestaciones Básicas para los Servicios Sociales de las Corporaciones Locales establece las prestaciones básicas, que serán desarrollados por las leyes de las Comunidades Autónomas, y que incluyen compromisos de gestión, económicos, de información y de asistencia técnica. Esas han sido las fuentes fundamentales para la construcción de las estructuras básicas del sistema de servicios sociales Por lo tanto, los Servicios Sociales no son derechos subjetivos reclamables judicialmente y la satisfacción de la demanda de los mismos es discrecional y se ve supeditada a que exista presupuesto. El sistema se encuentra en plena crisis por la decisión unilateral del actual gobierno del partido popular de reducir las transferencias y dotaciones a las comunidades autónomas para su desarrollo. Según el Consejo General del Trabajo Social, el Plan Concertado para el ejercicio 2012 ha sufrido un recorte del 42,4 %, ha pasado de 86.633.150 € a 49.913.840 €. Esto ha supuesto la desaparición de 12.265 puestos de trabajo del Sistema de Servicios Sociales, la eliminación de 582 Centros. La Ley de Autonomía Personal y Atención a las Dependencias -Ley 39/2006- nació con pretensiones de universalidad y de reconocimiento de derechos subjetivos, justificada en la competencia del Estado para regular las condiciones básicas en aquellas materias que guardan una relación directa o indirecta con los derechos reconocidos en la Constitución en su artículo 149. De modo que estamos ante el único derecho social subjetivo y universal junto con las pensiones no contributivas, que puede ser reclamado en instancias judiciales y que se atiende para toda la población residente en el Estado español. Pero la Justicia no es ya gratuita. Que vergüenza.