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sábado, 24 de enero de 2015

VIVIENDAS SOCIALES

Aunque se entiende que los gobiernos municipales no tienen la potestad de poder cambiar las leyes, sobretodo, las generadas del uso del suelo urbano y de lo que conlleva en relación con las viviendas. Es hora ya que en Benicarló se constituya una empresa municipal de vivienda en régimen local.
Un servicio público de vivienda en alquiler permitiría a muchos ciudadanos vivir dignamente sin esfuerzos económicos desmedidos para pagar la vivienda, contribuiría a crear ciudades equilibradas social, económica y urbanísticamente, y permitiría cuidar mejor el medio ambiente, se podría asegurar hoy por hoy que generaría externalidades positivas desde el punto de vista económico, al permitir que las generaciones sin asfixia hipotecaria puedan disponer de recursos destinados a actividades productivas, al favorecer la movilidad geográfica y profesional, al reorientar inversiones hacía sectores económicos de valor añadido superior al de la construcción, o al poner a la economía a cubierto de crisis inmobiliarias de carácter cíclico. Hay que acabar de una vez con la especulación de las subastas en el momento que se aplica la ley hipotecaria en vigor (Ley totalmente injusta, puesto que no se puede aplicar la dación en pago, puesto que muchos ciudadanos no pueden hacer frente a sus deudas hipotecarias, debido a la crisis y a la perdida de su puesto de trabajo). Las entidades financieras que reciban cualquier tipo de ayuda pública la dación en pago y el alquiler social sean soluciones para las familias que, como consecuencia de la crisis, no puedan hacer frente a sus deudas hipotecarias, el Gobierno socialista modificó la Ley de Enjuiciamiento Civil para elevar del 50% al 60% del valor de tasación el precio mínimo por el que las entidades financieras u otros interesados pueden adjudicarse las viviendas que salen a subasta pública por impago de hipoteca y en las que no hay postores. El objetivo era "aliviar" la deuda pendiente de los ciudadanos tras ser desahuciados. Dado que la ley permite adjudicarse el inmueble ley por el 50% de la tasación siempre que se mejore la oferta de otro aspirante, bancos y cajas siguen adjudicándose vivienda por la mitad del valor de tasación porque hacen que sus sociedades filiales concurran a la subasta y pujen por la vivienda una cantidad inferior por el inmueble, sin importarles el perjuicio ocasionado a las personas desahuciadas". Esta práctica, además de burlar el espíritu de la reforma y ser una incongruencia legal, evidencia una vez más la mala praxis de las entidades financieras españolas que una vez más hacen de la crisis un negocio redondo. Todos los ayuntamientos inclusive el ayuntamiento de Benicarló tiene que hacer la debida presión para hacer posible dentro del ejecutivo de turno en el gobierno central (a menos que las comunidades autónomas se convirtieran en ESTADOS FEDERALES) reformas legislativas necesarias para evitar que, en caso de la subasta de viviendas que constituyan el domicilio habitual del deudor, no se pueda producir la adjudicación a un tercero ni al acreedor ejecutante si la postura no cubre como mínimo el 80% del valor por el que fue tasada la vivienda en el momento de la concesión del crédito con garantía hipotecaria.
Si esto se puede cambiar por un alquiler social donde el administrador sea una empresa municipal dependiendo directamente de la concejalia de urbanismo, podremos tener en Benicarló como en otras ciudades un ayuntamiento social, donde no solo es una mera herramienta administrativa de recaudación de fondo y sus administrados se vean reflejado en el mismo

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